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Enero/2021

 
 

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Limitaciones Covid-19 en Galicia 27/01/2021

 
 
 
 
 
 
Adjunto remitimos el decreto 8/2021 de la Consellería de la Presidencia y la Orden del 26 de enero de la Consellería de Sanidad, de la Xunta de Galicia,  por los que se establecen medidas de prevención específicas que estarán en vigor desde las 00:00 horas del día 27 de enero hasta las 00:00 horas del día 17 de febrero de 2021.
 
Al respecto señalar lo siguiente:
 
  • En el decreto se especifican las limitaciones de entrada y salida entre municipios y fuera de la Comunidad Autónoma.
     
  • Se especifican los desplazamientos autorizados.
     
  • Se explica el tipo de reuniones que están permitidas, entre que personas y también algunas excepciones.
     
  • Se continua con la limitación de la movilidad nocturna entre las 22:00 y las 6:00 horas salvo excepciones que se aclaran expresamente.
 
Por su parte la orden especifica en un amplio anexo una serie de limitaciones de aforos y de medidas de prevención específicas por sectores de actividad. ( Hoteles y alojamientos, mercados, enseñanza no reglada, reuniones laborales, transportes, etc…).

Entre todas ellas adquiere especial relevancia el apartado 3.6 referido a establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público que no formen parte de centros o parques comerciales:
  • Aforo del 50% y cierre a las 18:00 horas. También se especifican una serie de actividades, todas ellas relacionadas con el comercio al por menor, que tendrán como hora de cierre las 21:30 horas.
     
  • En el apartado 4 del anexo, referido a medidas especiales para determinadas actividades, se especifica una serie de actividades que deberán permanecer cerradas durante el período de vigencia de la orden. Entre ellos, resaltamos la actividades de restauración, Gimnasios, cafeterías, bares, furanchos, etc.
Por último recordar que en esta orden también se aconseja sobre las medidas a tomar por quienes presenten síntomas, respecto de la distancia de seguridad interpersonal, de la obligatoriedad de usar mascarillas incluso durante la realización de práctica deportiva individual al aire libre, del uso de tabaco al aire libre y de medidas específicas para casos y contactos estrechos.
 
En otro orden de cosas y de acuerdo con el contenido y la intención de las disposiciones aludidas, os informamos que nuestro horario de atención al público desde el día de hoy y hasta el próximo 18 de febrero será:

 
desde las 8:00 hasta las 15:00 horas.

 
Medidas Xunta. Orden 26 de enero Medidas Xunta. Decreto 8-2021, 26 de enero
Modelo Plantilla

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