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Noviembre/2020

 
 

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PROGRAMA MANTENIMIENTO DE EMPLEO Y PROGRAMA DE APOYO A LA HOSTELERIA

 
 
 
 
 
 
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Se remite información de las bases reguladoras del PROGRAMA I MICROEMPRESAS DE MANTENIMIENTO DE EMPLEO Y LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DE LAS MICROEMPRESAS MÁS AFECTADAS POR LA COVID-19 - TR400B - Y PROGRAMA II HOSTELERÍA, DE APOYO AL SECTOR DE LA HOSTELERÍA -TR400C-  DOG núm 240 de viernes 27 de noviembre de 2020

A continuación se detallan los puntos destacados de las bases reguladoras:

Beneficiarios

  1. PROGRAMA I. APOYO A MICROEMPRESAS PARA EL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO Y LA ACTIVIDAD ECONÓMICA (TR400B)
  • Personas trabajadoras autónomas con personal contratado por cuenta ajena
  • Microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica
  • Excepcionalmente, las pymes, siempre que desarrollen su actividad en sectores especialmente paralizados:
    • Ocio nocturno (discotecas, pubs, cafés-espectáculo y salas de fiesta, salas de conciertos que desarrollen actividad análoga a las anteriores, café-teatro, café-cantante y tablao flamenco, cafés categoría especial y karaokes),
    • Actividades de atracciones de ferias y que se trate de actividades en los que no exista establecimiento abierto al público y que pertenezcan a los siguientes CNAE: 4724, 4729, 4781, 4782, 7489, 5610, 5629, 5630, 9200;
    • Los negocios encuadrados en los CNAE: 4932, 5010, 5030, 5621, 5914, 7911, 7912, 7990, 8230, 9001, 9002, 9004, 9321, 9329.
REQUISITOS:
  • Tener domicilio fiscal en Galicia
  • Que tengan o hubieran autorizado un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por la COVID-19 desde la declaración del estado de alarma
  • Que la facturación haya bajado por lo menos un 45% en el año 2020 realizándose una comparación entre lo facturado en todo el año 2019 y los tres primeros trimestes del año 2020
OBLIGACIONES:
  • Mantener la actividad económica y el empleo durante los 6 meses posteriores a la publicación de esta orden de ayudas
  • No tener deudas con Hacienda, Segurida Social  y Hacienda autonómica
  1. PROGRAMA II  HOSTELERÍA (TR400C)
  • Personas trabajadoras autónomas persona física, o con personal contratado por cuenta ajena a su cargo
  • Microempresas
  • Pymes
  • Incluidos hoteles, hostales, casas rurales y otros tipos de alojamiento que cumplan los REQUISITOS:
    • Tener domicilio fiscal en Galicia
    • Estar afectado por los supuestos de cierre del establecimiento o de cierre perimetral del ayuntamiento en los que se sitúe el establecimiento dictados por la autoridad sanitaria de la Xunta de Galicia
    • Tener cerrada la actividad durante un mínimo de dos semanas (que no permita el consumo de los clientes dentro del establecimiento dentro del establecimiento o en las terrazas del mismo)
 ​Cuantía de la ayuda
  1. PROGRAMA I:
  • 4.000 €. Se abonará en dos pagos (2.000 € en 2020 y 2.000 € en 2021)
  • 5.000 € para las personas o entidades de sectores especialmente paralizados. Se abonará en dos pagos (2.500 € en 2020 y 2.500 € en 2021)
  1. PROGRAMA II:
  • 1.500 € por mes de paralización desde el mes de octubre y 2.000 € en caso de establecimientos que ocupen a 10 personas trabajadoras  o más de 10 (pymes)
  • 750 € por paralización de dos semanas y 1.000 € en caso de establecimientos que ocupen a 10 personas trabajadoras  o más de 10 (pymes)
Las ayudas son por establecimiento paralizado puediendo tener más de un establecimiento con pleno derecho a la ayuda

Plazo de Presentación de Solicitudes
  • Hasta el 27 de diciembre de  2020
Arosa Tres Asesoría de Empresas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

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